

La sentencia revoca la absolución emitida en 2024 y establece una pena de 28 años y 3 meses de prisión.
El Tribunal Superior de Antioquia revocó la sentencia absolutoria emitida en noviembre de 2024 en favor de Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe, y lo declaró penalmente responsable por los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir agravado y concurso de crímenes de lesa humanidad en el marco del caso conocido como “Los 12 Apóstoles”.
La decisión en segunda instancia concluyó que existían pruebas suficientes para atribuirle responsabilidad en la conformación y dirección del grupo paramilitar que operó en el Norte de Antioquia durante los años noventa. En consecuencia, el Tribunal impuso una pena de 340 meses de prisión —equivalentes a 28 años y 3 meses— y ordenó el pago de 6.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
El documento señala que, una vez la sentencia sea ejecutoriada tras el eventual recurso de casación en la Corte Suprema de Justicia, se emitirá orden de captura inmediata, negando cualquier beneficio como suspensión de la pena o prisión domiciliaria.
Los magistrados desestimaron la valoración hecha por el juez de primera instancia, quien en 2024 había absuelto al ganadero al considerar que la Fiscalía había incurrido en errores procesales y que varios testigos no eran creíbles. Para el Tribunal, dicha valoración contenía “piruetas semánticas” y conclusiones sin sustento jurídico.
Entre los elementos destacados se encuentra el testimonio de José Leonel Restrepo, quien ubicó a integrantes del grupo armado en la hacienda La Carolina, propiedad de la familia Uribe. También fueron fundamentales las declaraciones sobre el homicidio del conductor Camilo Barrientos, ocurrido en 1994.
Tras la absolución en 2024, la Fiscalía apeló argumentando que el juez no valoró adecuadamente la evidencia ni los testimonios que vinculaban a Uribe con la creación del grupo armado conocido como Los 12 Apóstoles, también denominado Autodefensas del Norte Lechero. La entidad insistió en que la organización actuó de manera sistemática en municipios como Yarumal, Valdivia, Briceño, Gómez Plata y Carolina del Príncipe.
El Tribunal coincidió en que la gravedad y sistematicidad de la organización justificaban un incremento en la pena por concierto para delinquir agravado, fijándola en 135 meses.
Con esta condena, el proceso entra en su fase definitiva, pendiente ahora del recurso de casación ante la Corte Suprema. Si el fallo se mantiene, se materializará la orden de captura contra Santiago Uribe.
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