

En la mañana de este viernes 13 de febrero, el Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del decreto mediante el cual el Gobierno nacional fijó el aumento del salario mínimo para 2026 en un 23,78 %, como medida cautelar dentro del proceso judicial que estudia la legalidad del acto administrativo.
La decisión obliga al Ejecutivo, encabezado por el presidente Gustavo Petro, a expedir un nuevo decreto transitorio en un plazo máximo de ocho días, el cual deberá ajustarse plenamente a los parámetros legales y constitucionales vigentes.
La suspensión recae específicamente sobre el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, que fijó el salario mínimo legal mensual para 2026 en $1.750.905. Aunque la medida no constituye un fallo definitivo, implica que los efectos jurídicos del aumento quedan en pausa hasta que se emita el nuevo acto administrativo.
En su providencia, el magistrado ponente ordenó que el decreto transitorio incorpore de manera integral y verificable los criterios técnicos exigidos por la ley, como la inflación, la productividad, el crecimiento del PIB y la meta inflacionaria definida por la Banco de la República, entre otros.
El Consejo de Estado también exigió que el nuevo decreto contenga una fundamentación económica detallada, explicando la valoración, cuantificación y ponderación de cada variable, con respaldo en certificaciones oficiales. Además, advirtió que no podrá reproducirse en esencia el contenido del decreto suspendido y que el incumplimiento de la orden podría acarrear sanciones legales.
El alto tribunal precisó que la suspensión solo tendrá efectos una vez se publique el nuevo decreto transitorio. Mientras tanto, continuará vigente el salario mínimo fijado en el decreto suspendido. Asimismo, aclaró que la medida cautelar no afecta pagos, contratos, pensiones ni obligaciones ya causadas, las cuales se consideran situaciones jurídicas consolidadas sin efectos retroactivos.
Todos los derechos reservados El opinometro del valle