La Corte Constitucional falló a favor de la gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, al determinar que no puede ser obligada a asistir a debates de control político en el Congreso sobre asuntos de interés exclusivamente departamental. La decisión se produjo tras la solicitud de la Comisión Primera Constitucional del Senado, que había invitado a Toro a participar en un debate sobre la situación de seguridad en el Valle del Cauca, en el que también estaba citado el ministro de Defensa.
La Sala Plena de la Corte concluyó que, aunque Toro fue invitada a la sesión, no quedó claro que el debate involucrara un interés nacional, como lo exige la Constitución. Según el fallo, el Congreso solo tiene competencia para ejercer control político en asuntos de carácter nacional y no en aquellos de interés exclusivamente regional o local.
La Corte también señaló que las excusas presentadas por servidores públicos como Toro no pueden ser evaluadas por ella en este tipo de casos, ya que no tiene la competencia para decidir sobre la validez de las razones esgrimidas en contextos de control político. Esto reafirma que el Congreso debe precisar claramente el tipo de control que busca ejercer y justificar el interés nacional cuando invita o cita a funcionarios locales.
Este fallo refuerza la autonomía de los gobiernos departamentales y municipales en ciertos contextos y establece un precedente sobre los límites del control político que puede ejercer el Congreso sobre ellos.
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