

El presidente Gustavo Petro volvió a encabezar una extensa transmisión televisiva a través de los canales privados del país, esta vez para anunciar que este martes se conocerán las preguntas de la consulta popular que impulsa su Gobierno y para abordar la emergencia sanitaria por el brote de fiebre amarilla. Aunque presentó el espacio como una alocución presidencial, el formato incluyó intervenciones de varios funcionarios y duró cerca de dos horas, lo que generó nuevas críticas por un presunto uso indebido de esta figura.
Durante la transmisión, el mandatario criticó directamente la decisión tomada por una sala del Consejo de Estado que le prohibió utilizar la televisión abierta para transmitir consejos de ministros. “Es absolutamente indispensable que la población se entere de hechos que atañen a su vida y salud”, dijo Petro, anunciando además que pedirá a la Sala Plena de la corte revisar el fallo que ha calificado como un acto de “censura”.
Junto a Petro participaron en el espacio el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo; la directora del Ideam, Ghisliane Echeverry; la directora del Instituto Nacional de Salud (INS), Diana Pava; y el viceministro Jaime Urrego. No obstante, el presidente fue el principal protagonista de la transmisión.
Varios juristas, como Francisco Bernate y Héctor Riveros, cuestionaron la legalidad del espacio. Bernate recordó que por jurisprudencia, la alocución presidencial debe ser personal y no colectiva. “Lo que se transmitió fue un consejo de ministros al que le pusieron el nombre de alocución”, sentenció.
Riveros fue más allá y consideró la transmisión como un desacato. “La decisión de @petrogustavo de desacatar orden del @consejodeestado de usar la facultad de encadenar los canales de TV es un hecho grave contra el estado de derecho, una afrenta a la justicia y una violación a la libertad de información como no se veía desde la dictadura de Rojas”, afirmó.
Mientras tanto, el abogado Fabio Humar señaló que el Gobierno está actuando en una zona gris legal que aún debe ser más claramente definida por las altas cortes, en especial la Corte Constitucional, que deberá revisar el fallo de tutela inicial.
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