
El Consejo Nacional Electoral (CNE) tomará este sábado una determinación de fondo sobre la participación de Iván Cepeda en la consulta presidencial del 8 de marzo, programada dentro del bloque de izquierda denominado ‘Frente por la Vida’.
La decisión se convierte en un punto crucial para el calendario electoral, debido al peso político del senador en ese sector y al impacto que su presencia podría tener tanto en la movilización electoral como en las listas al Congreso.
Inicialmente, se esperaba que el CNE resolviera el caso el viernes 30 de enero, pero la discusión se aplazó por la presentación de recusaciones contra los tres magistrados ponentes, lo que obligó a detener temporalmente el trámite.
Los magistrados recusados fueron:
Los demandantes argumentaron que los tres han tenido cercanía política o vínculos previos con sectores afines al petrismo, lo que, a su juicio, podía afectar la imparcialidad en una decisión de alto impacto electoral.
Sin embargo, esas recusaciones fueron estudiadas en sesión extraordinaria la tarde-noche del jueves y finalmente descartadas por unanimidad por el resto de los magistrados, destrabando el proceso.
Tras resolverse las recusaciones, el CNE extendió los tiempos procesales para que las partes puedan emitir conceptos a favor y en contra de la inscripción.
Por ello, se programó para la tarde de este sábado una Sala Plena, en la que se espera que se tome la decisión definitiva sobre si Iván Cepeda podrá figurar en el tarjetón de marzo junto con Roy Barreras, Camilo Romero y Diana Osorio, en la consulta de la izquierda.
Cepeda ya advirtió que, en caso de un fallo adverso, acudirá a los recursos legales correspondientes para intentar revertir la decisión.
El caso ha generado un debate jurídico intenso. Desde el Pacto Histórico argumentan que Cepeda no estaría inhabilitado, dado que la consulta previa del 26 de octubre habría sido de carácter partidista, mientras que el proceso de marzo sería interpartidista.
Sin embargo, los demandantes sostienen que el marco legal es claro, citando el artículo 7 de la Ley 1475, que establece que los resultados de una consulta son vinculantes y por tanto deben respetarse, especialmente si el tarjetón dejó constancia de estar eligiendo candidato presidencial.
Adicionalmente, fuentes señalan que las cuentas en Sala Plena serían adversas para Cepeda, y que existirían mayorías orientadas a negar la inscripción, con respaldo únicamente de los ponentes.
La decisión del CNE este sábado marcará el rumbo inmediato del ‘Frente por la Vida’ y podría redefinir el panorama de la consulta presidencial de marzo.
Todos los derechos reservados El opinometro del valle